Selección de jurisprudencia
Sentencias comentadas en materia laboral y de empleo público. Se puede filtrar por categoría y buscar por ECLI, órgano o texto.
7 sentencias encontradas
ECLI:ES:TS:2026:1959
Recurso núm. 3543/2023
Ayuntamiento de Madrid. Abuso de la temporalidad. Trabajadora que supera la fase de oposición de un proceso de selección de personal laboral fijo (2005) pero no obtiene plaza por prelación de otros candidatos. Encadena después seis contratos temporales entre 2009 y 2018. Se declara la fijeza; no reclama indemnización. Aplica la STJUE (Gran Sala) de 14-4-2026 (C-418/24, Obadal). Voto particular concordante.
ECLI:ES:TS:2026:1780
Recurso núm. 131/2024
Composición de la comisión negociadora tras nuevas elecciones sindicales. USO y CGT, que ya forman parte de la comisión negociadora del convenio de Patrimonio Nacional desde 2019, piden actualizar su composición a los resultados electorales de 2023, alegando que tras 6 años sin acuerdo hay una paralización de la negociación. El Supremo desestima el recurso: la regla general es que la representatividad se mide en el momento de constituirse la mesa y no varía por elecciones posteriores; solo cabe excepción si hay una paralización real del proceso negociador, lo que no concurre aquí porque la comisión sigue reuniéndose regularmente y los propios recurrentes, al formar parte de ella desde el inicio, son también responsables de la falta de acuerdo.
ECLI:ES:TS:2025:4731
Recurso núm. 2916/2024
Trabajadoras contratadas temporalmente por la Delegación del Gobierno en Ceuta mediante un plan de empleo del SPEE sin que se les aplicara el IV Convenio Colectivo Único de la AGE reclaman indemnización por daño moral por la desigualdad retributiva sufrida; la instancia reconoció 7.504€ y el TSJ de Andalucía (Sevilla) lo redujo a 300€. El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina por falta de contradicción, ya que la sentencia de contraste invocada, aunque fija una cifra distinta, coincide con la recurrida en el signo del pronunciamiento (ambas minoran la indemnización de instancia), y cita como precedentes idénticos las SSTS 242/2025 y 241/2025, de 25 de marzo, sobre el mismo litigio colectivo de Ceuta.
ECLI:ES:TS:2025:4503
Recurso núm. 1351/2024
Caso gemelo del resuelto un día antes por la misma Sala (STS ES:TS:2025:4731): trabajadoras contratadas temporalmente por la Delegación del Gobierno de Ceuta mediante el mismo plan de empleo del SPEE, sin aplicación del IV Convenio Colectivo Único de la AGE, reclaman indemnización por daño moral; la instancia reconoció 7.504€ y el TSJ de Andalucía (Sevilla) lo redujo a 300€. El Tribunal Supremo desestima el RCUD por falta de contradicción con la misma sentencia de contraste (STSJ Comunidad Valenciana 3489/2023), remitiéndose a los precedentes SSTS 242/2025 y 776/2025.
ECLI:ES:TS:2025:4497
Recurso núm. 3987/2023
Retribuciones de personal contratado en programas de fomento del empleo. Trabajadora social contratada por el Ayuntamiento de Puerto del Rosario dentro de un programa subvencionado, con un convenio de oficinas pactado en su contrato distinto del de la plantilla municipal. El Supremo reitera doctrina: si existe un convenio colectivo propio de la corporación, debe aplicarse a todos los trabajadores que realizan funciones equivalentes, sin que un programa de empleo subvencionado sirva de excusa para pagar salarios inferiores. Estima el recurso de la trabajadora.
ECLI:ES:TS:2024:3197
Recurso núm. 4371/2021
Un monitor deportivo del Concello de Salceda de Caselas, ya declarado indefinido no fijo en un pleito anterior donde se desestimó su reclamación de trienios conforme al convenio de oficinas y despachos, demanda después la aplicación del III Convenio Colectivo de la AGE a su salario; el TSJ de Galicia apreció cosa juzgada preclusiva y desestimó la demanda sin entrar en el fondo. El Tribunal Supremo, apreciando contradicción con otra sentencia del mismo TSJ sobre un compañero en idéntica situación, estima el recurso: no hay cosa juzgada porque en el primer pleito solo se resolvió sobre la inaplicabilidad del convenio de oficinas y despachos, quedando imprejuzgada la cuestión de qué convenio era realmente aplicable; al tratarse de una pretensión distinta (basada en un convenio colectivo diferente, no invocado ni resuelto antes), no opera la preclusión del art. 400 LEC. Casa la sentencia y devuelve las actuaciones al TSJ de Galicia para que resuelva sobre el fondo.
ECLI:ES:TS:2024:693
Recurso núm. 867/2022
Trabajadora PTIS (personal técnico de integración social) contratada sucesivamente por varias empresas adjudicatarias para dar apoyo a alumnado con necesidades especiales en centros de Jaén reclama que existió cesión ilegal frente a la Junta de Andalucía; el TSJ de Andalucía (Granada) se lo reconoció, declarándola indefinida no fija de la Consejería de Educación. El Tribunal Supremo estima el recurso de la Consejería, casa y anula esa sentencia y confirma que NO hubo cesión ilegal, reiterando su consolidada doctrina sobre casos idénticos de PTIS andaluces: las empresas contratistas ejercían un control real y efectivo (retribución, permisos, bajas por IT, régimen disciplinario, formación y supervisión periódica), sin que sea determinante que el centro educativo aporte medios materiales, coordine actividades o que existan PTIS contratados directamente por la Junta en otros centros.